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Congreso del Estado tipifica el delito de corrupción inmobiliaria cometido por personas servidoras públicas

  • hace 20 horas
  • 2 Min. de lectura
  • Se establecen sanciones penales para personas servidoras públicas que autoricen o toleren construcciones irregulares

San Raymundo Jalpan, Oax., a 12 de febrero de 2026.- En el marco de las acciones para fortalecer el Estado de derecho y combatir las prácticas de corrupción que vulneran el patrimonio de las familias oaxaqueñas, la LXVI Legislatura del Congreso del Estado aprobó el dictamen de la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia, mediante el cual se adiciona el Capítulo II Bis denominado Corrupción Inmobiliaria al Código Penal del Estado de Oaxaca.

Con esta reforma, se incorpora el artículo 208 Ter, que establece que comete este delito la persona servidora pública que, aprovechándose de las facultades de su cargo, autorice, tolere o permita la construcción de inmuebles sin cumplir con los requisitos legales en materia de desarrollo urbano, uso de suelo, impacto ambiental, protección civil y demás disposiciones aplicables.

Asimismo, se sancionará a quienes autoricen la edificación de niveles o superficies superiores a los autorizados, o bien, omitan realizar las visitas de verificación, inspección o supervisión correspondientes, o alteren los resultados de las mismas para encubrir irregularidades.

A estas conductas se impondrán penas de cinco a diez años de prisión, multa de quinientas a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento de cometerse el delito, así como la destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión en el servicio público por un periodo equivalente al de la pena de prisión impuesta.

De igual forma, el artículo 208 Quáter prevé agravantes cuando estas conductas ocasionen daño o perjuicio al medio ambiente, afecten el patrimonio de personas en situación de vulnerabilidad, o generen beneficios económicos directos o indirectos para la persona servidora pública, sus familiares o personas con quienes mantenga vínculos personales, en cuyo caso la pena se incrementará hasta en una mitad de su mínimo y máximo.

La diputada Analy Peral Vivar, presidenta del órgano legislativo dictaminador, indicó que esta medida reafirma el compromiso de fortalecer el marco jurídico estatal, prevenir el abuso de poder y garantizar certeza jurídica en el desarrollo inmobiliario, en concordancia con las políticas nacionales orientadas a garantizar el derecho a una vivienda digna y segura.

La iniciativa fue promovida por los diputados Isaías Carranza Secundino, del Grupo Parlamentario Fuerza por Oaxaca, y Raynel Ramírez Mijangos, del Grupo Parlamentario de Morena, como respuesta a prácticas que han permitido la edificación de inmuebles sin cumplir con los requisitos legales, cambios indebidos de uso de suelo y la comercialización de predios sin servicios básicos, lo que ha impactado el acceso a la vivienda y el ordenamiento urbano.

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